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DECRETO N° 670

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en los términos calificados por el Honorable Ayuntamiento de San Juan Evangelista Analco, Ixtlán de Juárez, Oaxaca, y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 59 fracción IX, 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 23, 26 y 29 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, declara procedente que el C. ISIDORO PÉREZ HERNÁNDEZ, asuma el cargo de Regidor de Obras en el primer periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2009, y que el C. ALFREDO HERNÁNDEZ MANZANO, asuma el cargo en el segundo periodo comprendido del 1 de julio de 2009 al 31 de diciembre de 2010, de acuerdo a los usos y costumbres del Ayuntamiento de San Juan Evangelista Analco, Distrito de Ixtlán de Juárez, Oaxaca.

 

 

Comuníquese esta determinación al Honorable Ayuntamiento de San Juan Evangelista Analco, Distrito de Ixtlán de Juárez, Oaxaca; al Titular de la Auditoria Superior del Estado, al Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado y al Director de Gobierno, para los efectos legales procedentes.

 

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 31 de julio de 2008.

 

 

DIP. ETELBERTO GÓMEZ FUENTES.

PRESIDENTE.

RÚBRICA.

 

 

DIP. SILVIA ESTELA ZÁRATE GONZÁLEZ.

SECRETARIA.

RÚBRICA.

 

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ.

SECRETARIO.

RÚBRICA.